El titular del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, Manuel Ruiz de Lara, ha ordenado a la Unión de Federaciones Europeas de Fútbol (UEFA) que "se abstenga de excluir" de sus competiciones organizadas a los clubes fundadores de la European Super Leage, conocida como la Superliga, y ha subrayado que de incumplir con lo señalado incurriría en un delito de desobediencia.
En un auto emitido este jueves al que ha tenido acceso Europa Press, también ha requerido a la confederación que "anule, deje sin efecto y archive" los procedimientos disciplinarios incoados al Real Madrid, a la Juventus y al Fútbol Club Barcelona.
En este sentido, ha reprochado a la UEFA que iniciara los procedimientos contra los clubes y ha asegurado que estos suponen "un desprecio notorio a las medidas cautelares acordadas en el auto de 20 de abril de 2021", en el que el magistrado prohibía a la FIFA y la UEFA que anunciaran o prepararan medidas disciplinarias o sancionadoras durante la investigación.
"Las actuaciones de los demandados (...) a procurar la inefectividad de una resolución judicial y de anular los efectos que pudiesen derivarse del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante la cuestión prejudicial comunitaria planteada por éste órgano jurisdiccional entran en abierta confrontación con los principios esenciales de un Estado en Derecho", ha señalado el juez.
QUE LEVANTE LAS SANCIONES
En el marco de su resolución, el titular del juzgado ha acordado también que se levanten las medidas y compromisos impuestos por la UEFA a varios de los clubes fundadores de la Superliga.
En concreto, ha reclamado que se "deje sin efecto" la "sanción encubierta consistente en la reducción del 5% de los ingresos" y la "contribución al Fondo de Solidaridad con 15 millones de euros"; así como la obligación impuesta de proceder a disolver la Superliga y de poner término a los procedimientos judiciales iniciados por la nueva competición.
En el auto, a su vez, ha ordenado a la UEFA que levante la penalidad de 100 millones de euros en caso de incumplimiento de los compromisos de acuerdo, en particular si pretenden participar en la Superliga.
En definitiva, ha concluido que debe quedar sin efecto "cualesquiera otros términos del acuerdo que tenga el efecto de impedir o dificultar de forma directa o indirecta la preparación de la Super Liga Europea de fútbol".
El magistrado ha asegurado que todas estas "sanciones encubiertas" impuestas a estos clubes también "suponen un claro incumplimiento" del auto de medidas cautelares que acordó el pasado abril.
Ahora, según ha precisado, la UEFA deberá publicar en su página web las acciones acordadas por el magistrado en cumplimiento del auto de medidas cautelares. Contra la resolución de este jueves cabe interponer recurso de reposición en un plazo de cinco días.